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Área Derecho Canónico - Eclesiástico


    En nuestro despacho sabemos que las personas que contraen matrimonio por la Iglesia Católica, la separación matrimonial y el divorcio, obtenidos ante la jurisdicción civil no les permite volver a contraer matrimonio católico. Para ello hay que acudir al Tribunal Eclesiástico competente, el cual, trás un proceso judicial será el que estime si concurren las causas suficientes para declarar ese matrimonio nulo.. En nuestro despacho disponemos de abogados rotales, titulados por la Nunciatura Apostólica del Vaticano en España. Tras haber cursado tres años de especialización en la materia, están habilitados para el ejercicio como abogados en la Rota Romana y ante los tribunales eclesiásticos de todo el mundo.

  • Procesos de Nulidad Canónica.
  • Liquidación y disolución de la sociedad de gananciales.
  • Capitulaciones matrimoniales.



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